Estatutos

Art. 1: Nombre de la asociación

De conformidad con el art. 60 y siguientes del Código Civil Suizo, la sociedad está registrada a modo de sociedad sin ánimo de lucro bajo el nombre “Europäische Gesellschaft für Phraseologie/European Society of Phraseology/Société Européenne de Phraséologie”.

Art. 2: Sede

 La sede de la sociedad se encuentra Zurich y está regida por el derecho suizo.

Art. 3: Objetivos

 Los objetivos de la sociedad son:

  • Celebración de congresos sobre fraseología con una periodicidad máxima de tres años.
  • Intercambio de información de actividades científicas de investigadores europeos mediante un boletín anual de la asociación. Este boletín contiene información sobre congresos, publicaciones recientes dentro del campo de la frasología, breves informes sobre proyectos en marcha o en fase de planificación (proyectos de gran envergadura así como proyectos individuales llevados a cabo por miembros de la asociación), un listado de miembros, así como también una listado de nuevos miembros. El boletín se enviará gratis a todos los miembros.
  • Intercambio de información sobre congresos de fraseología.
  • Ayudas para jóvenes investigadores, así como para proyectos de investigación en el campo de la fraseología.
  • Fomento de la cooperación internacional en materia de investigación fraseológica tanto dentro como fuera de Europa.
  • Establecimiento de contacto con otras asociaciones con fines científicos.

 Art. 4: Miembros de la asociación

 Pueden ser miembros de la asociación:

  1. Las personas naturales.
  2. Las personas jurídicas como miembros colectivos con un único voto.

 Art. 5: Alta y baja de la asociación

  1. La calidad de socio de la asociación se obtiene mediante la inscripción ante la Junta Directiva y el abono de las tasas respectivas.
  2. Para darse de baja como miembro de la asociación habrá que enviar un escrito a la Junta Directiva al final del año económico de la asociación.
  3. La calidad de miembro de la asociación se perderá cuando un miembro, a pesar de habérsele notificado por escrito, deba más de un año de cuotas a la asociación.

 Art. 6: Órganos de la asociación

  1. Los órganos de la asociación son la Asamblea de Miembros, la Junta Directiva, el Consejo Consultivo y los Auditores/as.
  2. La Asamblea de Miembros puede constituir comités sectoriales para tareas específicas.

Art. 7: Asamblea de Miembros

  1. La Asamblea de Miembros ordinaria tendrá lugar cada dos o tres años coincidiendo con la celebración por parte de la Junta Directiva de un congreso de fraseología. Todos los miembros tienen derecho a asistir a esta asamblea.
  2. La Asamblea de miembros tiene las siguientes atribuciones:
    •  Elección del consejo de dirección.
    • Aprobación, si procede, del balance anual, del informe anual de actividades, así como del informe de los revisores de cuentas.
    • Disolución de los órganos de la asociación.
    • Establecimiento de las cuotas.
    • Renovación de los estatutos.
    • Disolución de la asociación.
    • Nombramiento de socios honoríficos.
    • Elección del Consejo Consultivo.
    • Designación de los asuntos de los que se deberá ocupar el Consejo a lo largo del año.
  3. Independientemente del número de miembros presentes, la Asamblea Ordinaria se declarará de oficio con capacidad ejecutiva, a menos que dos tercios de los presentes la declaren falta de quórum.
  4. En la Asamblea de Miembros, las decisiones se tomarán por mayoría simple de los presentes. Sin embargo, tanto para la modificación de estatutos como para la disolución de la asociación se requerirá una mayoría de dos tercios de los presentes.
  5. Durante la celebración de la Asamblea se tomará acta para dejar constancia de las decisiones tomadas. El acta se enviará posteriormente a todos los miembros.

Art. 8: Junta  Directiva

La Junta Directiva se compone de un/a presidente/a, un/a vicepresidente/a y de tres a cinco miembros más. El consejo se otorga a sí mismo la potestad para elegir a los/las presidentes/as, los/las vicepresidentes/as y a los/las tesoreros/as.

Los miembros de la Junta se elegirán para un mandato dos años o hasta la celebración de una nueva asamblea ordinaria de miembros y pueden ser elegidos para un máximo de dos mandatos consecutivos.

La Junta se reunirá al menos una vez al año.

En la Junta se adoptarán las decisiones mediante mayoría simple de los presentes; en caso de empate, el presidente tendrá el voto decisivo.

La Junta Directiva tiene las siguientes atribuciones:

  • Se ocupará de la dirección y representación de la asociación hacia el exterior, así como de la defensa de los intereses de la asociación.
  • Determinación de la actividad de la asociación de acuerdo con los objetivos de la misma, en especial la celebración de un congreso bienal de fraseología (de acuerdo con el art. 3); la Junta puede delegar en un miembro concreto de la asociación la organización del congreso, que suple a la Junta Directiva para tal fin, y durante el tiempo que dure la organización del mismo.
  • Publicación del Boletín; la Junta Directiva puede delegar esta tarea en un miembro de la asociación.
  • Administración de las finanzas de la asociación.
  • Determinación del presupuesto y del balance anual.
  • Ejecución de las tareas asignadas por la Asamblea de Miembros.
  • Propuesta de miembros del Consejo Consultivo.
  • Admisión de nuevos miembros.
  • Representación ante los diferentes organismos universitarios, científicos y políticos.
  • Configuración de grupos de trabajo.

Art. 9: Consejo Consultivo

El Consejo sirve a la Junta como órgano consultivo y le apoya en sus tareas y atribuciones. En el Consejo deberán estar representados los diferentes grupos de lenguas así como instituciones de investigación que no estén representadas en la Junta Directiva.

El Consejo Consultivo se reúne con motivo de la Asamblea de Miembros y asesora a la Junta    Directiva.

Los miembros del Consejo Consultivo se elegirán para un mandato de dos años o hasta la celebración de una nueva asamblea ordinaria de miembros y pueden ser elegidos para un máximo de dos mandatos consecutivos.

Art. 10: Auditores

La asociación cuenta con dos auditores. Los auditores no tienen que ser necesariamente miembros de la asociación. Se encargan del balance anual de cuentas de la asociación y redactan un informe bienal para la Asamblea.

Art. 11: Elección del Presidente/a honorífico o de los/las miembros honoríficos/as

Mediante una petición justificada de al menos 10 miembros, la asamblea puede elegir un/a presidente/a honorífico/a, así como miembros honoríficos. Los miembros honoríficos pueden ser también instituciones que presten apoyo financiero a la asociación.

Art. 12: Ingresos

Los ingresos de la asociación se componen de las cuotas de los miembros y de otras donaciones.

Art. 13: Responsabilidad

El patrimonio de la asociación responderá de las obligaciones contraídas por la misma.

Art. 14: Estatutos

Los estatutos serán aprobados por la Asamblea de Miembros. La Asamblea podrá modificar los estatutos mediante una mayoría de dos tercios de los presentes.

Art. 15: Disolución de la asociación

La Asamblea podrá acordar la disolución de la asociación mediante una mayoría de dos tercios de los miembros.

En caso de disolución de la asociación el capital restante será administrado por la Junta directiva de acuerdo con los objetivos dispuestos en los presentes estatutos.

 

Los presentes estatutos entran en vigor por acuerdo de los miembros de la Asamblea Constitutiva de la Asociación Europea de Fraseología.

En Bielefeld, a 29 de enero de 1999